Enfermería amplía su facultad para prescribir medicamentos
07/10/2026
Autor: María Fernanda Carrera Cortés
Foto: María Fernanda Carrera Cortés

El catálogo autorizado pasó de 90 a 158 claves, con exclusiones específicas para determinados grupos terapéuticos.

La normativa contempla esquemas autónomos y colaborativos, además de perfiles especializados dentro del gremio.

“Con la actualización de los lineamientos del Artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, el personal de enfermería en México cuenta con un marco legal renovado que respalda y amplía su facultad para la prescripción de medicamentos en el sistema de salud”.

Así lo explicó Sergio Mattienzo, subdirector de Evaluación de Servicios de Enfermería de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud (DGCES) y secretario técnico de la Comisión Permanente de Enfermería, durante la ponencia “Aspectos Legales en la Prescripción de Medicamentos por Enfermería”, realizada en la UPAEP como parte del 4° Congreso Internacional de Enfermería UPAEP.

Durante su intervención, Mattienzo señaló que esta práctica no constituye una figura nueva dentro de la legislación mexicana. Sin embargo, explicó que las reformas de 2019 y los lineamientos actualizados en 2025 modificaron las condiciones bajo las cuales el personal de enfermería puede participar en la prescripción.

Cambios que amplían el ejercicio profesional

Entre los principales avances normativos se encuentra la eliminación de la condición que establecía que la prescripción podía realizarse “únicamente ante la ausencia del médico”. Con este cambio, se reconoce de manera formal la capacidad técnica del personal de enfermería dentro de los supuestos establecidos por la normativa.

Otro de los ajustes corresponde al catálogo de medicamentos autorizados, que pasó de 90 a 158 claves, alineadas con el Compendio Nacional de Insumos para la Salud y los Protocolos Nacionales de Atención Médica (PRONAM).

El especialista precisó que existen exclusiones para medicamentos relacionados con las áreas de anestesia, oncología y psiquiatría.

La actualización contempla, además, modalidades de prescripción autónoma y colaborativa, así como perfiles de práctica especializada, entre ellos la Enfermera de Rol Ampliado (ERAPA) y la Enfermera de Práctica Avanzada (EPA).

Una responsabilidad compartida en la atención

Mattienzo explicó que la normativa incluye disposiciones sobre la emisión y el surtido de recetas, por lo que las expedidas por licenciados y pasantes autorizados de enfermería cuentan con validez oficial para su surtimiento en farmacias y establecimientos del sector público o privado, conforme a los criterios establecidos.

El funcionario enfatizó que esta atribución debe entenderse como parte de un modelo de corresponsabilidad multidisciplinaria, cuyo propósito es fortalecer la seguridad de los pacientes y favorecer el acceso a los servicios de salud en los tres niveles de atención.

En este proceso, instituciones públicas como la Secretaría de Marina (SEMAR) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) avanzan en la instrumentación de formatos oficiales de receta y notas clínicas de evolución que permitan aplicar estas disposiciones en sus unidades operativas.

La actualización del marco normativo representa así un cambio en las condiciones de ejercicio del personal de enfermería y plantea nuevos retos para su implementación, capacitación y coordinación con otros profesionales de la salud.